
La Ley 101 de 1993 en el parágrafo del artículo primero, determina que la reforestación comercial se considera una actividad esencialmente agrícola, con lo cual las políticas y su fomento están a cargo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Entre los productos de la reforestación comercial está la madera (producida en plantaciones forestales comerciales), y el caucho seco y el látex, producido en las plantaciones de caucho (Hevea brasiliensis).
Artículo 3. Garantías para la medida de aislamiento preventivo obligatorio. “… ; permitirán el derecho de circulación de las personas en los siguientes casos o actividades:”
El Directorio Forestal Maderero anexa la Circular oficial sobre la movilización de la madera, caucho seco y latex para evitar inconvenientes que puedan ocurrir durante el transporte en Colombia.
Descargar La circular Asunto: Aclaración transporte de productos de madera procedente de plantaciones forestales comerciales, caucho seco y látex dando clic.
Excelente la información mil gracias