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El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la resolución No. 08 el 0890 el 18 abril de 2018.
Por medio de la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la sustracción temporal y definitiva especial de áreas de Reserva Forestal establecidas mediante la Ley 2da de 1959, en el marco de las Áreas de Reserva Especial donde existan explotaciones tradicionales de minería informal, de conformidad con lo señalado en los artículos 31 (Modificado por el artículo 147 del Decreto Ley 019 de 2012) y 248 de la Ley 685 de 2001, y se toman otras determinaciones.»
Descargar la Resolución No. 0890 sustracción de áreas de Reserva Forestal dando clic.