RONDAS HÍDRICAS Respuestas del Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Territorial a las observaciones y consultas

En el enlace se puede acceder/descargar el documento donde el Ministerio da respuesta a las observaciones y solicitudes de aclaración hechas por los interesados durante el proceso de consulta abierta establecido entre 4 y el 30 de mayo de 2017, sobre el Proyecto de Decreto y Guía Técnica para el acotamiento de las Rondas Hídricas en Colombia. Hasta donde se tiene conocimiento, este Decreto no ha sido promulgado.

Documento Respuesta Rondas Hídricas (PDF, 220 p.):

Se agradece al Ing. Gabriel Jaime Lopera, Director Forestal Tablemac-Duratex por la referencia a este documento.

 Vía: Colforestal

¿Qué es una ronda hídrica?

Según el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible define una ronda hídrica o hidráulica como un área de especial importancia ecológica de dominio público inalienable, imprescriptible e inembargables que juegan un papel fundamental desde el punto de vista ambiental. Según La Guía para el Acotamiento de las Rondas hídricas de los Cuerpos Agua de acuerdo a lo establecido en el artículo 206 de la ley 1450 de 2011 también se detalla como: «zonas o franjas de terreno aledañas a los cuerpos de agua que tienen como fin permitir el normal funcionamiento de las dinámicas hidrológicas, geomorfológicas y ecosistémicas propias de dichos cuerpos de agua».

“La ronda hídrica técnicamente la definimos como el espacio que requiere un cuerpo de agua llámese quebrada o llámese río para que cumplan las funciones hidrológicas hidráulicas”. Explicó la ingeniera geógrafa de Cortolina, Paulina Ramírez.

Fuente: Cortolima

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