Los PSA constituyen un mecanismo potencialmente integrado de financiación e incentivos para mejorar la calidad ambiental de la gestión de los recursos naturales. Los PSA se refieren a transacciones voluntarias entre usuarios y proveedores de servicios, condicionadas a normas acordadas de gestión de recursos naturales para la generación de servicios externos. Ejemplos de servicios transaccionales son la protección o regeneración de cuencas hidrográficas, la biodiversidad y los depósitos de carbono.
Podría decirse que el principio quid pro quo de la condicionalidad es lo que define con más fuerza los PSA, pero también lo hace la externalidad espacial implícita en los “servicios externos”: los usuarios de agua río abajo necesitan hacer contratos con los propietarios de tierras río arriba precisamente porque las dos partes interesadas están separadas en el espacio (como se muestra en la figura).
Muchos esquemas similares a PSA en todo el mundo incorporan la mayoría de las características definidas anteriormente, pero no todas. Los PSA representan contratos de conservación negociados, especialmente aplicables a propietarios privados.
Nota: La letra «E» central del término PSA se usa indistintamente para la palabra «Ambiental». En inglés PAYMENTS FOR
ECOSYSTEM SERVICES (PES).

Lectura adicional:
Wunder et al. (2020). Payments for Environmental Services: Past
Performance and Pending Potentials. Annual Review of Resource
Economics, 12(1), 209-234.
https://doi.org/10.1146/annurev-resource-100518-094206










