A principios de mayo de 2026, Bruselas anunció las simplificaciones del Reglamento Europeo de Protección Forestal (EUDR). La ley contra la deforestación entrará en vigor el 30 de diciembre de 2026. ¿Cuál es la situación actual? A continuación, se presentan los puntos clave para el sector maderero.
Sujeto al EUTR: entonces deberá cumplir con el EUDR antes del 30-12-2026.
La ley entrará en vigor el 30 de diciembre de 2026; para las microempresas y pequeñas empresas, se prorrogará su entrada en vigor hasta el 30 de junio de 2027. Sin embargo, tenga en cuenta que esta prórroga NO se aplica a las empresas que ya están obligadas a cumplir con el EUTR . Independientemente de su tamaño, deberán cumplir con el EUDR a partir del 30 de diciembre de 2026. La excepción se aplica a las pequeñas empresas que operan en el sector del café, la soja, el cacao u otros productos básicos que se rigen por el EUDR pero no por el EUTR.
¿Cuándo eres micro o pequeño?
Aquí se aplican las definiciones estándar para pymes (Directiva 2013/34/UE). Los umbrales se basan en el número de empleados y el tamaño financiero:
- Una pequeña empresa tiene hasta 50 empleados y un volumen de negocios o un total de balance que no supera los 10 millones de euros;
- Una microempresa tiene hasta 10 empleados y un volumen de negocios o un balance total que no supere los 2 millones de euros.
La transición del EUTR al EUDR ahora es más sencilla.
La madera comercializada antes del 30/12/2026, y que por lo tanto sigue estando cubierta por el Reglamento EUTR, no necesita cumplir con el Reglamento EUDR después del 30/12/2026 ni después del 31/12/2029 (fecha de vencimiento del EUTR). Esta es una simplificación importante. Sin embargo, debe poder demostrar que los productos se comercializaron en la UE antes del 30/12/2026. Por lo tanto, es importante mantener sus registros en orden y conservarlos.
La obligación del DDS se aplica únicamente al importador de madera.
Solo los operadores —aquellas partes que introducen madera (u otros productos regulados por la ley) en el mercado de la UE o la exportan— tienen la obligación de realizar la debida diligencia. Deben presentar una declaración en el sistema de gestión EU Traces. Esto genera un número que deben facilitar al siguiente eslabón de la cadena: el primer operador o comerciante de la cadena de suministro. Si el importador no puede proporcionar un número DDS, debe rechazar el producto o el lote de madera.
Elaborar una buena DDS no es fácil. Depende de la naturaleza de los productos y del grado de procesamiento que ya se haya realizado fuera de Europa. Si se importa un producto de madera de China en cuya elaboración han participado ocho empresas, es necesario trazar un mapa de toda la cadena de suministro. Posteriormente, se requiere la cooperación de todas las empresas que forman parte de esa cadena.
¿Cuándo se le permite realizar DDS simplificado como pequeña empresa?
Los microoperadores y pequeños operadores que sean los primeros en introducir un producto en el mercado de la UE o exportarlo podrán, bajo ciertas condiciones, realizar una debida diligencia simplificada, siempre que:
- El producto se cosecha/produce en terrenos propios (bosque);
- El productor está ubicado en un país de bajo riesgo ( consulte aquí la descripción general completa de los países y su clase de riesgo);
- El productor es el primero en introducir el producto en el mercado de la UE por su cuenta.
Si estas empresas cumplen con todas las condiciones anteriores, pueden presentar una declaración única para este producto en EU-Traces. Recibirán un número DDS y podrán seguir utilizándolo durante muchos años, siempre que los datos permanezcan inalterados. Esta excepción no se dará con frecuencia en el caso de la madera, simplemente porque no hay muchas microempresas o pequeñas empresas que posean sus propios terrenos, extraigan la madera en ellos y la comercialicen por sí mismas en el mercado de la UE.
- La geolocalización puede ser una dirección postal, siempre y cuando el producto también se haya cosechado allí.
- Si la dirección postal corresponde a una unidad u oficina administrativa, igualmente deberá proporcionar la geolocalización.
Para ser reconocida como micro o pequeña empresa autorizada para realizar DDS simplificado, debe cumplir estas condiciones y también estar registrada antes del 31-12-2024 .
¿Qué deberían hacer las partes que se encuentran más abajo en la cadena?
Primer operador y comerciante de la fase posterior a la producción
Estas partes reciben el número DDS del importador y deben conservar los registros durante 5 años. Esto incluye el número DDS. No es necesario compartirlo con los clientes ni que aparezca en los documentos.
Segundo operador y comerciante de la cadena de suministro descendente:
No tienen obligación de estar incluidas en el Sistema de Depósito de Datos (DDS) ni número DDS; estas empresas solo deben conservar sus registros de ventas y compras durante 5 años.
¿Qué ocurre si crees que algo no cumple con el Reglamento EUDR?
¿Existen indicios o sospechas de incumplimiento en relación con su producto y su conformidad con el Reglamento EUDR?
En ese caso, todas las empresas de la cadena (grandes o pequeñas, importadoras o de otros eslabones) tienen la obligación de informar a la autoridad competente. En los Países Bajos, esta autoridad es la NVWA. También debe informar a los compradores de la madera y consultar con el proveedor.
Además, los operadores y comerciantes de la cadena de valor que no son PYMES (grandes empresas) deben:
- Verificar que se haya aplicado la debida diligencia (en caso de incumplimiento).
- Evaluar si no existe riesgo o si el riesgo es insignificante (Artículo 5, párrafo 6).
Sistemas de certificación como FSC y PEFC
En el anexo publicado por la CE a principios de mayo (PDF), los sistemas de certificación y verificación se consideran una herramienta valiosa para cumplir con la obligación de diligencia debida del Reglamento EUDR. Sin embargo, aún no se trata de una vía libre.
La NVWA inspecciona el Reglamento Europeo de Defensa (EUDR).
La NVWA vela por el cumplimiento del EUTR y el EUDR en los Países Bajos. La clasificación de riesgo del país exportador es importante a este respecto. En función de la clasificación del país, la NVWA inspecciona un porcentaje y una cantidad de los productos importados.
Para cada materia prima: madera, cacao, café, caucho, carne de res, soja, palma, la NVWA inspecciona al menos el siguiente porcentaje:
- 1% de importaciones/exportaciones procedentes de países de bajo riesgo
- 3% de importaciones/exportaciones procedentes de países de riesgo estándar.
- 9% de las importaciones/exportaciones provienen de países de alto riesgo, de los cuales el 9% del volumen proviene de estos países de alto riesgo.
Solicitud de cumplimiento
A partir de principios de 2027, las empresas podrán presentar una solicitud de cumplimiento normativo ante la NVWA. El funcionamiento de este proceso se explicará más adelante.
NVWA y FSC
En lo que respecta al Reglamento Europeo de la Madera (EUDR), la NVWA ha reconocido la etiqueta FSC como un sistema de control privado. Esto no ocurre (todavía) con otras etiquetas de madera como Stip o PEFC. Stan Stevens, de FSC, aún no puede precisar qué significa esto ni si FSC se convertirá en un sistema de certificación ecológica como resultado. «Pero como sistema, cumplimos con las expectativas de la NVWA para un sistema de control. En cuanto pueda ofrecer más información con total certeza, sin duda lo haré».
No obstante, las empresas deben obtener la certificación del módulo adicional creado específicamente para el Reglamento EUDR, el «Módulo Regulatorio».










