Las estibas (casi) nunca están cubiertos por el EUDR

Solo quienes fabrican pallets o cajas de madera para embalar mercancías, o los importan como productos independientes a la Unión Europea, deben demostrar que la madera utilizada para estos fines no contribuye a la deforestación. Los usuarios de los palés no están sujetos a ningún otro requisito del EUDR.

Así lo anunció la FEBPEB en un comunicado de prensa. La asociación comercial europea FEBPEB (Federación Europea de Fabricantes de Pallets y Embalajes de Madera) ha mantenido varias conversaciones sobre este asunto con representantes de la Comisión Europea. El acuerdo resultante sobre la aplicación del EUDR a los pallets supone un alivio para el comercio mundial; según la asociación comercial, hasta el 90 % de las mercancías se transportan en pallets o en otros materiales de embalaje de madera. En ocasiones, además de la carga, el palé se menciona explícitamente en las cartas de porte. Por lo tanto, existía la duda de si el importador de mercancías que entraban en la UE en pallets también tendría que cumplir las normas del EUDR. Esto no es así.

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En cuanto los pallets entran en la UE como medios de transporte de mercancías, quedan fuera del ámbito de aplicación de las normas del EUDR, según el comunicado de prensa. El comercio y el intercambio entre empresas, tanto dentro como fuera de la UE, en los que las empresas utilizan las estibas de otras para transportar sus mercancías, tampoco están obligados a cumplir la legislación sobre deforestación. Los fabricantes e importadores de pallets, que se refieren a los propios pallets y no al producto como medio de transporte, deben demostrar que no se ha perdido ningún bosque durante la tala de la madera en el momento de su introducción en el mercado de la UE.

Fuente: FEBPEB

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